martes, 31 de mayo de 2011

LICENCIA DE CONDUCIR (BREVETE)

¿Qué movilidad puedo conducir?
Si usted conduce un vehículo o está pensando en hacerlo, primero debe saber si la categoría de su licencia de conducir es la adecuada para dicho medio de transporte, pues de no ser así, puede hacerse acreedor de una fuerte multa o peor, ser autor de un accidente de tránsito con lamentables consecuencias. El Ministerio de Transportes y Comunicaciones está trabajando arduamente para “educar” a los transportistas, ahora todas categorías necesitan una capacitación en una escuela de conductores integrales.
La revalidación, es renovar su licencia vencida, manteniendo su misma categoría y debe presentar certificado médico sicosomático.
Recategorización, es subir de categoría, cumpliendo ciertos requisitos según normas vigentes; por ejemplo para recategorizar A-I a A-II, debe tener 3 años de experiencia en la primera categoría.
A-I
Mayores 18 años y menores de conformidad con lo dispuesto en los artículos 42 y 46 del Código Civil.

A-II-A (VEHICULO PEQUEÑO USO PUBLICO-TAXI)
Mayores 21 años

A-II-B (VEHICULO SERV. PUBLICO COMBIS, STATION WAGON Y VEHICULO DE TRANSPORTE DE MERCANCIAS DE 12 TONELADAS, HASTA 30 PASAJEROS)
Mayores 21 años

A-III-A (VEHICULOS DE TRANSPORTE PUBLICO MAS 30 PASAJEROS)
Mayores de 24 años





A-III-B (VEHICULO DE TRANSPORTE DE MERCANCIAS CON MAS DE 12 TONELADAS)
Mayores de 24 años

A-III-C (MANEJAR VEHICULO DE SERVICIO DE TRASNPORTE DE PASAJEROS Y MERCANCIAS)
Mayores de 27 años.
A-IV Los requisitos son establecidos en el Reglamento Nacional de Transporte Terrestre de Materiales y Residuos Peligrosos, aprobado por Decreto Supremo N° 021-2008-MTC.
 

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